Manuel Virgüez

Nació en Bogotá, el 10 de mayo de 1969. Exmilitar de la Armada de Colombia, motociclista y político colombiano; en el 2006 fue elegido Senador de la República de Colombia en la lista del partido MIRA.​ En el año 2018 le fue restituida la curul como Senador de Colombia para el periodo legislativo 2014-2018. Es Profesional Oficial de la reserva de la Policía Nacional de Colombia.

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MANUEL VIRGÜEZ

Se destacó por ser un excelente deportista, buzo táctico y tripulante de los submarinos colombianos. Ejerció carrera en la Armada. Duró 18 años a bordo de la Armada Nacional en calidad de suboficial naval buzo submarinista. Por ello como legislador ha presentado varios proyectos relacionados con el servicio militar, el orden social y económico. Es abogado de la Corporación Universitaria Rafael Núñez de la ciudad Cartagena, especialista en "Negociación y Manejo de Conflictos" de la Universidad del Norte de Barranquilla y en "Estudios Políticos" de la Universidad Sergio Arboleda.

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EN EL SENADO

Fue coordinador del partido MIRA en la costa caribe. En las elecciones legislativas de Colombia de 2006, Virgüez fue elegido senador de la República de Colombia. Durante el segundo semestre de 2008 fue presidente de la Comisión Cuarta Constitucional y la Comisión de Derechos Humanos del Senado. El senador Virgüez es reelecto en las elecciones legislativas de Colombia de 2010. Integró la Comisión Cuarta de derechos humanos del Senado de la República y la Comisión Segunda hasta junio de 2014. En el año 2018 el Consejo de Estado de Colombia emitió un fallo en favor del partido político MIRA y ordenó que se le entregara la credencial que lo acredita como senador para el periodo 2014-2018.​

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LEGADO LEGISLATIVO

Se identificó por su participación en las siguientes iniciativas desde el Congreso:

  • Ley 1414 de 2010: PROTECCIÓN PARA LAS PERSONAS QUE PADECEN EPILEPSIA
  • Modificar las condiciones para adjudicar terrenos baldíos principalmente a campesinos y colonos.
  • La tasa de interés bancario corriente correspondiente a las tasas de los créditos preferenciales será con carácter exclusivo la base para liquidar la tasa de interés de usura.
  • No obligatoriedad de usar el chaleco de protección para los motorizados durante el día.
  • Reglamentar el uso de las motocicletas en todo el territorio nacional y establecer los derechos y deberes que corresponden a los motociclistas.
  • Promover la cultura tributaria en los niños, niñas y adolescentes.
  • Dirección de Reclutamiento podrá fijar plazos hasta de doce (12) meses para el pago de la Cuota de Compensación Militar a quien lo requiera.
  • Establecer el marco institucional que permita orientar políticas hacia la población juvenil.
  • Establecer las disposiciones pertinentes a la preservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros.
  • Estimular la producción de semillas en el territorio nacional, regular su certificación, comercialización, exportación e importación.